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REAJUSTE DE LOS LÍMITES DE RESPONSABILIDAD DE LAS AEROLÍNEAS POR LOS DAÑOS SUFRIDOS POR PASAJEROS, EQUIPAJE Y CARGA AÉREA DE ACUERDO CON EL CONVENIO DE MONTREAL DE 1999

Mediante la Resolución Exenta N° 851 de 13 de octubre de 2020, publicada en el Diario Oficial el 21 de octubre de 2020, la Junta de Aeronáutica Civil ofializó aplicar los siguientes límites de responsabilidad del Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional (Convenio de Montreal de 1999), a contar del 28 de diciembre de 2019:

El Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999 establece en sus artículos 21 y 22 los límites de responsabilidad de los transportistas aéreos por daños relacionados con el transporte internacional de pasajeros, equipaje y carga por vía aérea. Los referidos límites se expresan en Derechos Especiales de Giro (DEG) definidos por el Fondo Monetario Internacional. En la actualidad 1 DEG equivale aproximadamente a 1,42 dólares estadounidenses.

El Convenio establece un mecanismo de reajustabilidad de los límites a que se refiere mediante un conjunto de elementos de indexación. Ello, con objeto de garantizar que dichos límites de responsabilidad mantengan su valor económico con el paso del tiempo y no se deterioren como consecuencia de la inflación u otros factores económicos que pudieran surgir con posterioridad a la entrada en vigor del Convenio.

La Organización de Aviación Civil Internacional, en su calidad de depositario del Convenio, debe revisar los límites de responsabilidad cada cinco años, en cumplimiento de lo cual y como resultado de la revisión efectuada en 2019, determinó que el índice de inflación en el período respectivo fue de un 13,9%, debiéndose, por tanto, reajustar los límites de responsabilidad quedando éstos en los montos señalados en la tabla precedente.

Para mayor información vea la Resolución Exenta N° 851 de 13 de octubre de 2020 haciendo clic aquí:

Diario Oficial – Resolución Exenta 851

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